La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras Rurales, impulsada por el Gobierno de Javier Milei mediante el DNU 70/2023. La decisión restablece temporalmente las restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales, mientras la Justicia analiza una nueva demanda.
El planteo fue presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, comunidades indígenas y la legisladora Magdalena Odarda, quienes cuestionaron la eliminación de la norma por sus posibles consecuencias ambientales y territoriales.
La resolución se conoció después de que, el 29 de septiembre, la Corte rechazara una demanda del Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM), al considerar que la entidad no tenía legitimación suficiente para impulsar ese reclamo. La nueva presentación se apoya, principalmente, en el derecho a un ambiente sano y la protección de los recursos naturales.

Sancionada en 2011, la Ley 26.737 estableció límites a la titularidad extranjera de tierras rurales, entre ellos un tope general del 15% por provincia. Su derogación fue parte de la política de desregulación económica del Gobierno nacional.
La discusión excede lo jurídico: involucra el control del territorio, el acceso a los recursos naturales y el papel del Estado en la protección ambiental. La tierra no solo es un bien económico, sino también un recurso estratégico para la producción y el desarrollo de las comunidades.
La medida de la Corte es provisoria y no implica una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto. La causa continuará en la Justicia Federal de Bariloche, donde deberá resolverse el planteo de fondo.