Elecciones en la provincia de Buenos Aires: qué pasa si no votaste y cómo pagar la multa

Tras los comicios legislativos en la provincia de Buenos Aires, la Justicia Electoral recordó que el voto es obligatorio y quienes no cumplieron con esa responsabilidad deberán presentar una justificación o, en caso contrario, abonar una multa económica.

La Ley Electoral Provincial 5.109 establece sanciones que van desde los $50 hasta los $500 para los electores que figuren en el padrón pero no hayan concurrido a sufragar. El artículo 137 de la normativa también aclara que los montos recaudados serán destinados al fomento de la educación común en cada distrito.

Aquellos que no votaron tienen un plazo de 60 días para presentar la documentación que justifique su ausencia. El trámite se realiza a través de la web de la Junta Electoral, donde se debe completar un formulario con número de documento, sexo, elección correspondiente y un código de verificación. La información será revisada y, de ser válida, se dará por justificada la falta.

Entre las excepciones contempladas figuran los menores de 18 años y mayores de 70, los jueces y auxiliares judiciales que trabajaron el día de la elección, así como también quienes se encontraban a más de 500 kilómetros de su lugar de votación con una causa debidamente justificada.

De no cumplirse con el trámite de justificación ni con el pago de la multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores en el padrón electoral, lo que puede traer complicaciones en gestiones administrativas y futuras instancias electorales.